Modelo 216

Información del modelo 216

El modelo 216 es la declaración de los ingresos retenidos y a cuenta de rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente en España.

El Impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR) es el importe que deben pagar todas aquellas personas físicas o entidades que no residan en España de manera permanente, pero reciban algún tipo de renta obtenida en el país. Es decir, el IRNR es el IRPF para aquellos que no viven en España, aunque obtengan algún tipo de renta, dineraria o en especie, producida aquí.

El modelo 216 es de declaración trimestral (aunque para grandes corporaciones adquiere carácter mensual) y debe presentarse durante los primeros 20 días de los meses de abril, julio, octubre y enero.

Importante

Si el día de finalización del plazo coincide con un sábado, domingo o festivo, el plazo será hasta el siguiente día hábil.

Alta de datos para el modelo

Para introducir datos válidos para el modelo es necesario indicar los proveedores que son No Eesidentes, en el formulario del proveedor. Para ello, accede al detalle del proveedor desde la pantalla Contabilidad / Facturación ‣ Proveedores ‣ Proveedores, y bajo la pestaña Ventas y compras asegúrate de que el campo Posición fiscal dispone de la Retención IRPF No residentes que le corresponda.

Al crear facturas para dicho proveedor, se mapearán los impuestos necesarios siempre que la línea de la factura tenga el producto informado con el impuesto nacional adecuado.

Alta de la declaración del modelo 216

Para crear el modelo 216, navega a la pantalla Contabilidad / Facturación ‣ Declaraciones AEAT ‣ Modelo 216 , y pulsa el botón Crear:

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Sobre la pantalla de detalle del modelo, selecciona el ejercicio fiscal, el tipo de período (los periodos incluidos se calculan automáticamente), el tipo de declaración la cuenta bancaria y el teléfono.

Una vez completada la información necesaria, pulsa el botón Calcular:

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A continuación, se debe informar (en caso de ser necesario), aquellos campos que el sistema no calcula de forma automática:

  • Rentas no sometidas a retención/ingreso a cuenta: [04] Nº de rentas y [05] Base de retenciones

  • Resultados a ingresar anteriores: [06]

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Una vez informados los campos necesarios, pulsa el botón Confirmar.

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Una vez confirmado el modelo, es posible exportarlo en formato BOE (Boletín Oficial del Estado) para presentarlo telemáticamente en el portal de la AEAT. Para ello, pulsa el botón Exportar a BOE.

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A continuación, el sistema solicita confirmación para llevar a cabo la exportación.

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Al pulsar el botón Exportar, el sistema genera el fichero, que puede ser descargado desde esta misma pantalla, pulsando el enlace del nombre del fichero.

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